El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la resolución y dejó sin efectos la amonestación pública impuesta al ciudadano Francisco Leopoldo Basurto Acosta, por el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH), por presuntamente haber cometido actos anticipados de precampaña.
El dictamen fue resuelto en el juicio electoral ST-JE 7/2020, por unanimidad de votos por los magistrados que integran el Pleno de la Sala Regional de TEPJF, correspondiente a la Quinta Circunscripción Plurinominal, con sede en Toluca de Lerdo, Estado de México.
En el expediente resuelto el pasado 20 de marzo, el TEPJF señaló que el TEEH: “incurrió en una indebida motivación, pues la valoración de los medios de prueba resultó insuficiente para acreditar que con el acto denunciado y la difusión en del mismo en la red social Facebook del denunciado se configuraran los actos anticipados de precampaña”.
“Así, si la autoridad no contaba con elementos suficientes para tener por acreditada la conducta denunciada, lo conducente era resolver la inexistencia de la infracción en estricta aplicación del principio de presunción de inocencia, pues de esa forma se respetan las garantías del debido proceso en el derecho administrativo sancionador electoral”.
“Luego entonces, si el tribunal responsable tuvo por acreditada la irregularidad sin contar con todos los elementos para ello, es claro que tal decisión no se ajusta a derecho al carecer de una debida motivación y, en consecuencia, debe ser privado de efectos”.
“Ante lo fundado de los motivos de disenso planteados por el actor, al no estar acreditado en la especie el elemento subjetivo, necesario para la existencia de la conducta denunciada (actos anticipados de precampaña), lo procedente es revocar la resolución dictada en el procedimiento especial sancionador identificado con la clave TEEH-PES-001/2020, dejar insubsistentes sus efectos, así como la amonestación pública impuesta al ciudadano Francisco Basurto Acosta”.
Cabe señalar que el abogado que llevó el caso, es el doctor Eduardo Olguín Cruz.